Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 1399/2024, 23 Oct. Recurso 7493/2023 (LA LEY 289447/2024)
No vulnera el derecho a la intimidad personal y familiar de los vecinos. La instalación cuenta con título legitimador y la afectación que ocasiona al derecho fundamental no es desproporcionada. Fue objeto de un acuerdo válido de la junta de propietarios y es idónea para la finalidad legítima de proteger su seguridad y la de sus bienes.
Los hechos principales.
La dueña de una vivienda interpuso demanda contra la comunidad de propietarios solicitando la retirada de las cámaras de videovigilancia situadas más allá de la puerta del portal y el pago de una indemnización de 2.500 euros por el daño moral que aduce se le ha causado por vulneración de su derecho a la intimidad. Alegaba que la junta de propietarios de la comunidad aprobó, con su voto en contra, instalar cámaras de vigilancia en cada planta enfocando la puerta de cada piso, con lo que quedan controladas todas las salidas y entradas, y que incluso se grababa el interior de su vivienda en el momento en el que se abría la puerta.
Lo que dice el Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo dice que poner cámaras de videovigilancia en las áreas comunes de un edificio puede afectar la privacidad de los vecinos. Por eso, se necesita una razón justificada para instalarlas y cualquier impacto en la privacidad debe ser equilibrado y razonable. Y que instalar cámaras en las áreas comunes del edificio es legal porque la junta de propietarios lo decidió con los votos necesarios y siguiendo los requisitos. Además, se considera que el impacto en la privacidad de los vecinos es aceptable porque las cámaras ayudan a proteger la seguridad de las personas y sus pertenencias.
La Sentencia de forma razonada
La decisión que se tomó para poner cámaras en el edificio fue porque se había detectado problemas de vandalismo y no se encontró ninguna otra solución mejor para resolverlo. También menciona que los vecinos sabían sobre la instalación de las cámaras y que solo graban las áreas comunes del edificio. Además, se tomaron medidas para proteger las grabaciones y limitar quién puede verlas.
Fuente: Tribunal Supremo (Documentación Judicial)